02 / 05 / 23

Actualización Bimestral – Competencia Económica

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MARZO

COFECE impone multa de 61.5 millones de pesos a dos agentes económicos por no haber desahogado todos los pasos del procedimiento de notificación de concentraciones

El 1 de marzo de 2023, la Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE”) anunció haber sancionado por un total de $61,580,800.00 a HP, Inc. (“HP”) y Plantronics, Inc. (“POLY”) por haber consumado una operación de concentración, previo a que el Pleno de la COFECE hubiera emitido la resolución correspondiente. 

Los agentes sancionados consumaron la operación consistente en la adquisición indirecta por parte de HP de la totalidad de las acciones y control absoluto de POLY el 29 de agosto de 2022. De acuerdo con la COFECE, dado que la operación concluyó antes de obtener la autorización de dicho órgano, se le impidió analizar de forma oportuna y preventiva el riesgo a la competencia y libre concurrencia que podría generar la concentración. En consecuencia, se inició el procedimiento de verificación bajo el expediente VCN-001-2023.

Concluido el procedimiento, el Pleno de la COFECE determinó que la operación no implicaba riesgos anticompetitivos, por lo que la concentración fue autorizada. No obstante, la omisión por parte de HP y POLY fue calificada de gravedad alta debido a que obstaculizó el ejercicio de las atribuciones de la COFECE, y en consecuencia se impusieron las sanciones anteriormente mencionadas.

COFECE investiga probables acuerdos colusorios en el mercado de material radiológico adquirido por el sector salud. 

El 2 de marzo de 2023, la Autoridad Investigadora de la COFECE publicó el inicio de la investigación de oficio, tramitada bajo el número de expediente IO-004-2022, por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas, consistentes en la concertación o coordinación de posturas en el mercado de material radiológico y relacionados adquiridos por el sector salud en el territorio nacional. 

La COFECE señala que las colusiones en el sector salud son graves porque impactan de manera directa en el número y la calidad de los insumos médicos comprados con recursos públicos por las instituciones de gobierno para la atención médica de la población.

En caso de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta de conformidad a la Ley Federal de Competencia Económica (“LFCE”), los agentes responsables podrían ser sancionados con multas hasta por 10% de sus ingresos. Por otra parte, las personas físicas que hubieren participado en la celebración o ejecución de acuerdos anticompetitivos podrían ser sancionados con hasta 10 años de prisión, en términos del Código Penal Federal. 

COFECE emite los Lineamientos para el uso de medios electrónicos durante la investigación, la secuela del procedimiento, la verificación y los incidentes tramitados ante la Comisión Federal de Competencia Económica (“Lineamientos”).  

El 2 de marzo de 2023, la COFECE publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) los Lineamientos. Los Lineamientos entrarán en vigor el 2 de marzo de 2023 y remplazarán a las Disposiciones Regulatorias de la LFCE de Emergencia sobre el uso de Medios electrónicos en ciertos procedimientos tramitados ante la COFECE.

Los Lineamientos serán de observancia obligatoria para quienes hagan uso de los medios electrónicos en los siguientes procedimientos:

  • Tramitación de denuncias sobre prácticas monopólicas y concentraciones ilícitas.
  • Inicio y desarrollo de investigaciones por prácticas monopólicas o concentraciones ilícitas; así como investigaciones para determinar insumos esenciales o barreras a la competencia y para resolver sobre condiciones de mercado.
  • Beneficio de dispensa o reducción del importe de las multas (compromisos).
  • Programa de Inmunidad.
  • El procedimiento seguido en forma de juicio.
  • Los procedimientos relacionados con la calificación de información derivada de la asesoría legal.
  • Las verificaciones al cumplimiento de la obligación de notificar una concentración.
  • Los incidentes relacionados con cualquiera de los procedimientos citados.
  • Las verificaciones e incidentes relativos al cumplimiento y la ejecución de las resoluciones de la COFECE.
  • Denuncias, investigaciones y procedimiento seguido en forma de juicio, derivadas de las disposiciones de la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad.

Nombramiento de Andrea Marván como Comisionada Presidenta de la COFECE. 

El 15 de marzo de 2023, la comisionada Andrea Marván Saltiel fue nombrada por el Pleno de la Cámara de Senadores como Presidenta de la COFECE por un período de 4 años, renovable en una sola ocasión, en términos del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Tras su nombramiento, la nueva Comisionada Presidenta rindió protesta.  

Como antecedente, el pasado diciembre 2022, fue propuesta por el Ejecutivo Federal y ratificada por el Senado de la República para ser comisionada de la COFECE por un período de 9 años.

Andrea Marván es licenciada en Derecho por la Universidad Iberoamericana y maestra en la misma materia por la Universidad de Chicago; tiene una trayectoria de diez años de labor profesional en la COFECE, en donde ha desempeñado diferentes encargos, haciendo énfasis en que actuó como directora general de Promoción a la Competencia. Además, fue profesora de cátedra de Tecnológico de Monterrey. 

COFECE determina la existencia de barreras a la competencia en los mercados relevantes de la cadena de valor de turbosina. 

El 17 de marzo de 2023, el Pleno de la COFECE”anunció haber determinado la existencia de cinco barreras a la competencia y libre concurrencia que generan restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de comercialización primaria y secundaria, almacenamiento interno y externo, así como expendio de turbosina.

Las barreras identificadas y las recomendaciones para eliminarlas son las siguientes: 

  1. En el mercado relevante de comercialización primaria existen disposiciones del régimen de permisos previos de importación que limitan la entrada y permanencia de agentes económicos, por lo que se recomendó a la Secretaría de Economía y a la Secretaría de Energía modificar los acuerdos que limitan la importación de la turbosina. 
  2. En el mercado relevante de almacenamiento externo existe escasez y falta de acceso a la infraestructura de almacenamiento externo de turbosina lo que impide la competencia entre agentes económicos actuales y potenciales. Por lo tanto,  se recomendó a la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) incrementar la posibilidad de que los comercializadores accedan a infraestructura de almacenamiento externo sin restricciones discriminatorias.  
  3. En el mercado relevante de almacenamiento externo se determinó que la mayoría de la capacidad de México se encuentra contratada con Pemex Transformación Industrial (“PEMEX TRI”) y no existen límites máximos a su capacidad lo que limita la entrada de competidores en el mercado. Por lo anterior, se recomendó a la CRE establecer regulación que determine la participación máxima de PEMEX TRI en la reserva de capacidades en las instalaciones de almacenamiento externo a nivel regional. 
  4. En los mercados relevantes de comercialización secundaria y suministro se encuentra restringida la competencia debido a la falta de separación funcional, operativa y contable de los Aeropuertos y Servicios Auxiliares que se encuentran verticalmente integrados en diversos segmentos de estos mercados relevantes. Por ello, se recomendó a la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes (“SCT”), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SCHP”) y la Secretaría de la Función Pública (“SFP”) evaluar y, de ser necesario, modificar el Estatuto Orgánico vigente de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, con el objetivo de que este cumpla y garantice las obligaciones de separación de las actividades de comercialización y de almacenamiento, en los términos ordenados por la CRE. También, se ordenó al Consejo de Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares cumplir con las obligaciones de separación funcional, operativa y contable, haciendo clara distinción en la separación de las funciones, procedimientos y personal de las unidades administrativas responsables de la actividad de comercialización y de la actividad de almacenamiento, ordenadas por la CRE. 
  5. En el mercado relevante de almacenamiento interno y expendio se señaló que en algunos títulos de concesión para la operación y administración de aeropuertos se contienen cláusulas de exclusividad a favor de Aeropuertos y Servicios Auxiliares. Estas disposiciones dejaron de tener vigencia con la entrada en vigor de la Ley de Hidrocarburos, pero indirectamente se podría estar limitando la competencia a entrantes en el expendio. Por lo que se le recomendó a la SCT emitir y publicar en el DOF un aviso general que señale que dichas exclusividades ya no se encuentran vigentes. 

Con el cumplimiento de las recomendaciones y medidas ordenadas, se espera una mayor entrada de competidores en los mercados que componen la cadena de valor de la turbosina, lo que se reflejará en mejores precios para el consumidor final.

ABRIL

COFECE emplaza a varios agentes económicos y personas físicas por posibles concentraciones ilícitas en el mercado de gasolinas y diésel.

El 18 de abril de 2023, la COFECE anunció haber emplazado a varios agentes económicos y personas físicas, en la investigación tramitada bajo el expediente IO-001-2019, la cual concluyó el 29 de noviembre de 2022. 

La COFECE encontró evidencia por la probable realización de diversas concentraciones ilícitas y la posible omisión de notificación de concentraciones en términos de la LFCE, en el mercado de comercialización y distribución de gasolinas y diésel, así como expendio al público de tales productos en estaciones de servicio en el territorio nacional.

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio tramitado por la COFECE. Los probables responsables podrán manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas. En caso de comprobarse la realización de alguna concentración ilícita, podrían imponerse sanciones a los agentes económicos y personas físicas emplazadas.

IFT investiga probable comisión de prácticas monopólicas relativas en los mercados de tiendas de aplicaciones de los sistemas operativos móviles.

El 27 de abril de 2023, la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones (“IFT”) publicó en el DOF el inicio de la investigación por denuncia, tramitada bajo el número de expediente AI/DE-004-2022, por la probable comisión de prácticas monopólicas relativas en los mercados de tiendas de aplicaciones de los sistemas operativos móviles y sus mercados relacionados, así como de distribución de contenidos audiovisuales a través de plataformas de Internet, en territorio nacional. 

De conformidad con el Aviso de Inicio de la investigación, las conductas investigadas consisten en: la imposición de ventas atadas, exclusividades, discriminación de precios y de trato, y elevación de costos al rival.

En caso de comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, los agentes económicos responsables podrían ser sancionados con multas de hasta el 8% de sus ingresos. Por otra parte, las personas físicas que hubieren participado en la representación de un agente económico responsable podrían ser sancionados con hasta 5 años de inhabilitación para ejercer como directivo de la sociedad y con multas económicas.

Como parte de sus herramientas de investigación, el IFT puede requerir información por escrito, y realizar visitas de verificación a los agentes económicos, así como citar a comparecer a personas físicas que tengan relación con dichos mercados. Los agentes económicos que sean requeridos en términos de la LFCE tienen obligación de proporcionar la información solicitada por la autoridad.

El anuncio de esta investigación abre la posibilidad de que cualquier agente económico que participe en el mercado investigado tenga la posibilidad de formar parte de la investigación y proporcionar los elementos que estime convenientes. 

COFECE inicia estudio en materia de competencia en el mercado de gas natural. 

El 27 de abril de 2023, el Pleno de la COFECE anunció el inicio de un estudio en materia de libre concurrencia y competencia económica en los mercados de la producción, distribución y comercialización de gas natural. La COFECE señaló que la importancia del sector energético deriva de su relevancia como insumo en el resto de los sectores productivos, por lo que se incluyó como uno de los sectores prioritarios para la COFECE en su Plan Estratégico 2022-2025. 

El gas natural es relevante porque, de acuerdo con el Sistema de Información Energética, genera 52% de la electricidad en el país; además, es usado como insumo en otras industrias y como energético en hogares. En 2021, México ocupó el lugar número 11 en consumo de gas natural en el mundo.

La publicación del inicio de este Estudio abre la posibilidad de que las personas, instituciones y agentes económicos interesados en enviar comentarios y remitir elementos que consideren importantes para el análisis del mercado de gas natural, desde una perspectiva de competencia, puedan hacerlo.

Finalmente, de ser el caso, el Estudio presentará a las autoridades del sector recomendaciones para promover mayor competencia y libre concurrencia en el mercado de gas natural en beneficio de los consumidores. 


 1 Las cifras están expresadas a un tipo de cambio de 18.41 pesos por 1 dólar americano, vigente el 23 de febrero de 2023, de acuerdo con el Banco de México.

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