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Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas y vientos fuertes durante el 24 de octubre de 2023 

CIUDAD DE MÉXICO, MÉXICO, 1ero de noviembre, 2023.  

El pasado 30 de octubre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas y vientos fuertes durante el 24 de octubre de 2023” (Decreto), a través del cual se otorgan beneficios fiscales a las personas que tengan su domicilio fiscal, sucursal, agencia u establecimiento en las zonas afectadas (los municipios de Acapulco de Juárez, Coyuca de Benítez, Benito Juárez, Atoyac de Álvarez, Técpan de Galeana, San Marcos, Florencio Villarreal, Petatlán y Zihuatanejo de Azueta del Estado de Guerrero).

A través del Decreto en análisis se otorgaron diversos beneficios fiscales para las personas físicas o morales que tengan su domicilio fiscal, sucursal, agencia u establecimiento en las zonas afectadas. Dentro de los beneficios fiscales otorgados en el Decreto, destacan los siguientes: 

Deducción Inmediata. Se permite a los contribuyentes la deducción inmediata de las inversiones realizadas en las zonas afectadas respecto de bienes nuevos o usados de activo fijo adquiridos durante los meses de octubre a diciembre de 2023, siempre que los bienes adquiridos se utilicen única y permanentemente en las zonas afectadas. Este beneficio no es aplicable a la adquisición de automóviles, equipo de blindaje o aviones.

Devoluciones de IVA. Las solicitudes de devolución de saldos a favor de IVA generados hasta diciembre de 2023, solicitadas por contribuyentes con domicilio fiscal, sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas a partir de la publicación del Decreto y hasta al mes en mención, se tramitarán en un plazo de 20 días hábiles, siempre y cuando los contribuyentes no se encuentren en los siguientes supuestos:

  1. Listados como contribuyentes emisores de comprobantes apocrifos del 69-B del Código Fiscal de la Federación.
  2. Hayan utilizado, en los meses en cuestión, comprobantes fiscales digitales emitidos por contribuyentes que se encuentren en el listado del 69-B del CFF.
  3. Aquellos contribuyentes que las autoridades fiscales les hayan dejado sin efectos sus certificados de sellos digitales.
  4. Los contribuyentes que de manera previa hayan sido objeto de las facultades de comprobación para verificar la procedencia del saldo a favor solicitado.

Retenciones e IVA. Las personas físicas y morales que hubieren retenido el impuesto sobre la renta por concepto de sueldos y salarios (exceptuando el régimen de asimilados a salarios) a sus trabajadores, que presten sus servicios en las zonas afectadas, podrán enterar las contribuciones retenidas en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023 en tres parcialidades iguales, durante los primeros tres meses del año 2024, sin que tal situación genere actualizaciones, multas y recargos.

Las personas físicas y morales que realicen actividades en las zonas afectadas podrán hacer los pagos definitivos de IVA e IEPS correspondientes en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023 en tres parcialidades iguales, durante los primeros tres meses del año 2024, sin que tal situación genere actualizaciones, multas y recargos.

Pagos Provisionales 

Por otro parte, se exime de realizar pagos provisionales por concepto de impuesto sobre la renta correspondientes a los meses de octubre a diciembre de 2023, a las personas morales que tributen en el régimen general o en el régimen simplificado de confianza, así como aquellas personas físicas con actividad empresarial, a las que obtengan ingresos por arrendamiento o que se encuentren en el régimen de incorporación fiscal o simplificado de confianza.

Finalmente, se menciona que el Decreto entra en vigor el día de su publicación. 

El equipo de SMPS Legal se encuentra a sus órdenes en caso de requerir mayor detalle del decreto y revisar la aplicabilidad en cada sector para su posible ejecución.

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